La pensión no contributiva (PNC) permite acceder a una prestación económica a personas que carecen de recursos suficientes y que no han cotizado o no han cotizado el tiempo necesario para acceder a una pensión contributiva.
Existen dos modalidades: la pensión no contributiva de jubilación, dirigida a personas de 65 años o más, y la pensión no contributiva de incapacidad, destinada a personas de entre 18 y menos de 65 años que, entre otros requisitos, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
En la Región de Murcia, estas pensiones son gestionadas por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
¿Qué es una pensión no contributiva?
Las pensiones no contributivas forman parte del sistema de protección de la Seguridad Social y están dirigidas a personas que se encuentran en una situación de necesidad económica y cumplen determinados requisitos de edad o discapacidad, residencia e ingresos.
No es necesario haber alcanzado un periodo mínimo de cotización como ocurre con las pensiones contributivas.
Sin embargo, no basta con no tener derecho a una pensión contributiva. Para acceder a una PNC es necesario cumplir los requisitos específicos establecidos para cada modalidad y respetar los límites de ingresos personales y de la unidad económica de convivencia.
Tipos de pensión no contributiva
Dentro de las pensiones no contributivas existen dos modalidades principales, que se diferencian por la edad, la situación personal y los requisitos específicos que debe cumplir la persona solicitante: la pensión de jubilación y la pensión de incapacidad.
Pensión no contributiva de jubilación
Está dirigida a las personas que hayan cumplido 65 años y reúnan los requisitos económicos y de residencia exigidos.
Pensión no contributiva de incapacidad
Está dirigida a personas que tengan 18 o más años y menos de 65 años, residan legalmente en España durante el periodo exigido, carezcan de ingresos suficientes y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
Desde 2025, la denominación legal es pensión no contributiva de incapacidad. Anteriormente se denominaba pensión no contributiva de invalidez.
Requisitos de la pensión no contributiva de jubilación en 2026
Para acceder a la PNC de jubilación deben cumplirse fundamentalmente los siguientes requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Residir legalmente en España.
- Haber residido en territorio español durante 10 años entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión.
- De esos 10 años, dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Carecer de ingresos suficientes.
En 2026 existe carencia de ingresos cuando las rentas o ingresos personales son inferiores a 8.803,20 € anuales.
Sin embargo, cuando el solicitante convive con determinados familiares también se tienen en cuenta los ingresos de la unidad económica de convivencia.
¿Cuáles son los límites de ingresos en 2026?
El límite no es el mismo para todas las personas.
Cuando el solicitante vive solo, sus ingresos anuales deben ser inferiores a 8.803,20 €.
Si convive únicamente con su cónyuge y/o familiares consanguíneos de segundo grado, los límites para 2026 son:
- 2 convivientes: 14.965,44 € anuales.
- 3 convivientes: 21.127,68 € anuales.
- 4 convivientes: 27.289,92 € anuales.
Cuando entre las personas convivientes se encuentra un padre, una madre, un hijo o una hija, los límites son superiores:
- 2 convivientes: 37.413,60 € anuales.
- 3 convivientes: 52.819,20 € anuales.
- 4 convivientes: 68.224,80 € anuales.
Por eso, el cálculo de ingresos debe hacerse teniendo en cuenta quién convive con el solicitante y qué relación familiar existe entre ellos.
Requisitos de la pensión no contributiva de incapacidad en 2026
Para solicitar una PNC de incapacidad deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Tener 18 o más años y menos de 65 años en la fecha de la solicitud.
- Residir legalmente en España.
- Haber residido en territorio español durante al menos cinco años.
- De esos cinco años, dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
- Carecer de ingresos suficientes.
Para 2026, el límite individual de ingresos es igualmente de 8.803,20 € anuales, aunque cuando existe una unidad económica de convivencia deben comprobarse los límites correspondientes.
No debe confundirse esta prestación con la incapacidad permanente contributiva. Son prestaciones diferentes, con requisitos y reglas distintas.
¿Es necesario no poder trabajar para cobrar una PNC de incapacidad?
No.
Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 % es uno de los requisitos de acceso, pero la normativa permite que una persona beneficiaria pueda realizar determinadas actividades laborales compatibles con su discapacidad.
En determinadas circunstancias, la PNC de incapacidad puede compatibilizarse con los ingresos procedentes del trabajo durante los primeros cuatro años desde el inicio de la actividad.
En 2026, la suma de la pensión reconocida y de los ingresos de la actividad laboral puede llegar hasta 16.003,20 € anuales dentro de este régimen de compatibilidad. Si se supera ese límite, la cuantía de la pensión se reduce en la cantidad necesaria para no rebasarlo.
Por ello, trabajar no supone automáticamente perder la pensión, aunque cada situación debe analizarse teniendo en cuenta los ingresos y las condiciones concretas de la actividad.
¿Cuánto se cobra por una pensión no contributiva en 2026?
La cuantía íntegra anual de las pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad en 2026 es de:
8.803,20 € al año, distribuidos en 14 pagas de 628,80 €.
Esta es la cuantía íntegra de referencia. La cantidad que finalmente percibe cada pensionista puede variar en función de sus ingresos, los ingresos de su unidad económica de convivencia y del número de beneficiarios de PNC que convivan en el mismo domicilio.
La cuantía anual reconocida no puede ser inferior, con carácter general, al 25 % de la cuantía íntegra, que en 2026 equivale a 2.200,80 € anuales o 157,20 € mensuales.
Complemento por necesidad de otra persona
En la pensión no contributiva de incapacidad existe un complemento específico cuando la persona acredita:
- Un grado de discapacidad igual o superior al 75 %.
- La necesidad de asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida.
En 2026, este complemento asciende a 4.401,60 € anuales.
No basta, por tanto, con tener reconocido un 75 % de discapacidad: debe acreditarse también la necesidad del concurso de una tercera persona.
Complemento para pensionistas que viven de alquiler
Las personas beneficiarias de una PNC que carezcan de vivienda en propiedad y residan habitualmente en una vivienda alquilada pueden tener derecho, si cumplen los requisitos establecidos, a un complemento anual.
En 2026, este complemento es de 525 € anuales.
Entre otros requisitos, la persona pensionista debe ser titular del contrato de alquiler y el propietario de la vivienda no puede mantener con ella determinadas relaciones de parentesco o convivencia previstas legalmente.
Cómo solicitar la pensión no contributiva en Murcia
En la Región de Murcia, el reconocimiento de las pensiones no contributivas corresponde al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
La solicitud puede presentarse electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la Región de Murcia o presencialmente en los registros y oficinas habilitados.
El procedimiento permanece abierto de forma continua.
Antes de presentar la solicitud es conveniente comprobar qué documentación exige la modalidad correspondiente. Entre la información que puede ser necesaria se encuentran:
- Los datos personales y familiares.
- Documentación acreditativa de residencia y convivencia.
- La información económica necesaria para comprobar las rentas del solicitante y de su unidad de convivencia.
Para la PNC de incapacidad también deberá acreditarse o valorarse el grado de discapacidad correspondiente.
¿Cuánto tarda el IMAS en resolver?
El procedimiento de la Región de Murcia establece un plazo de resolución de tres meses.
Si transcurre ese plazo sin resolución expresa, el procedimiento contempla silencio administrativo negativo.
Esto significa que, una vez superado el plazo máximo sin haber recibido una resolución, la solicitud puede entenderse desestimada a efectos de poder iniciar la reclamación correspondiente.
No significa que la Administración quede exenta de resolver: el IMAS sigue obligado a dictar una resolución expresa. La Ley 39/2015 establece además que la desestimación por silencio tiene precisamente el efecto de permitir al interesado interponer el recurso o reclamación que proceda.
En estos casos conviene comprobar el estado del expediente y valorar si procede presentar la reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
¿Qué ocurre si me deniegan la pensión no contributiva?
Una denegación puede producirse por diferentes motivos: superar los límites económicos, no acreditar correctamente los periodos de residencia, no alcanzar el grado de discapacidad exigido en la PNC de incapacidad o existir problemas con la documentación aportada.
Lo primero es revisar el motivo concreto que aparece en la resolución.
En Murcia, antes de acudir a la jurisdicción social debe interponerse, cuando corresponda, una reclamación previa ante el órgano que dictó la resolución.
El procedimiento de la CARM establece un plazo de 30 días desde la notificación para presentar esa reclamación previa.
Por eso es importante revisar la resolución desde el momento en que se recibe y no dejar transcurrir los plazos.
¿Cuándo puede ser recomendable solicitar asesoramiento?
Puede ser especialmente útil revisar el expediente cuando:
- Existen dudas sobre cómo se han calculado los ingresos de la unidad familiar.
- No está claro qué personas forman parte de la unidad económica de convivencia.
- Se cuestionan los periodos de residencia en España.
- Se ha denegado una PNC de incapacidad por el grado de discapacidad reconocido.
- Se produce un cambio en la composición familiar o en los ingresos.
- Se recibe una resolución denegatoria y se quiere valorar una reclamación previa.
- Se necesita determinar si una actividad laboral es compatible con una PNC de incapacidad.
En INITIO Abogados podemos revisar las circunstancias personales, económicas y administrativas del expediente y analizar las opciones existentes en función de la resolución y de la documentación disponible.
Si necesitas asesoramiento sobre una pensión no contributiva en Murcia, puedes contactar con el despacho para estudiar tu situación concreta.
Fuentes jurídicas y administrativas de referencia
Para la elaboración y revisión de este contenido se han utilizado las siguientes fuentes oficiales:
- Ley General de la Seguridad Social, especialmente la regulación de las pensiones no contributivas de incapacidad y jubilación.
- IMSERSO — Pensión no contributiva de jubilación: normativa y requisitos.
- IMSERSO — Pensión no contributiva de incapacidad: normativa, requisitos y compatibilidades.
- Real Decreto 39/2026, de 21 de enero, sobre revalorización de las pensiones y prestaciones públicas para 2026.
- Sede Electrónica de la Región de Murcia — Reconocimiento del derecho de las Pensiones No Contributivas, procedimiento 611.
- Sede Electrónica de la Región de Murcia — Complemento para titulares de PNC que residan en una vivienda alquilada.
Las cuantías y límites económicos de las pensiones no contributivas se actualizan periódicamente. La información de esta página corresponde a 2026 y tiene carácter general, por lo que no sustituye el análisis individual de cada solicitud o expediente.



