Abogados de propiedad horizontal en Murcia
Según el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier propietario puede instalar un punto de recarga para su coche eléctrico en su plaza de garaje sin necesidad de permiso ni votación en junta, solo comunicándolo por escrito a la comunidad. Sin embargo, la comunidad de propietarios sí debe informar a su aseguradora de estas instalaciones, porque el riesgo de incendio derivado de las baterías está haciendo que algunas compañías pongan condiciones adicionales o incluso nieguen cobertura si no se les notifica.
En INITIO Abogados, como despacho de abogados especializado en propiedad horizontal en Murcia, recibimos cada vez más consultas de comunidades de vecinos y de propietarios individuales sobre este tema. Son dos preguntas que ya no van por separado: la instalación del cargador y el problema del seguro.
¿Necesito permiso de la comunidad para instalar un cargador eléctrico?
No. El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal reconoce expresamente el derecho de cualquier propietario a instalar un punto de recarga de uso privado en su plaza de garaje, sin someterlo a votación. Este derecho se aplica tanto si la plaza es de propiedad individual como si forma parte de un garaje comunitario, siempre que la instalación esté destinada al uso exclusivo del solicitante.
El Tribunal Supremo reforzó esta interpretación en su sentencia del 1 de diciembre de 2025, en la que confirmó que no se requiere autorización de la comunidad ni siquiera cuando el cableado o la canalización necesaria discurre por elementos comunes del edificio. Es una noticia relevante para muchas comunidades en la Región de Murcia que hasta ahora veían cómo algunas juntas de propietarios dilataban o denegaban directamente este tipo de instalaciones.
Ahora bien, el derecho no es ilimitado. El propietario debe:
- Comunicar por escrito su intención de instalar el punto de recarga al presidente o al administrador de fincas, detallando la empresa instaladora, el trazado previsto del cableado y la fecha estimada de los trabajos.
- Asumir íntegramente los costes de instalación, mantenimiento y consumo eléctrico.
- Cumplir la instrucción técnica, específica para instalaciones de recarga de vehículos eléctricos.
- Instalar un contador independiente que separe su consumo del consumo general del edificio.
La comunidad solo puede oponerse si la instalación afecta a elementos estructurales o compromete la seguridad de la instalación eléctrica común. No puede negarse por simple desconfianza hacia los vehículos eléctricos.
El certificado que toda comunidad de propietarios en Murcia debería exigir
Aunque no se necesite permiso previo, sí es imprescindible que, terminada la instalación, la empresa instaladora entregue el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), conocido como «el boletín». Este documento acredita que la instalación cumple la normativa vigente, y puede ser solicitado tanto por la comunidad como por la compañía eléctrica o por la aseguradora del edificio.
Como abogados de comunidades de vecinos en Murcia, recomendamos exigir siempre este certificado y archivarlo junto con la comunicación recibida del propietario. Ante un siniestro, será de los primeros documentos que pida la aseguradora.
El problema real: seguros que ponen condiciones por el riesgo de incendio
Aquí está el asunto que más consultas nos está generando últimamente. No existe en España obligación legal de contratar un seguro específico para los puntos de recarga, pero la comunidad de propietarios sí tiene el deber de informar a su aseguradora cuando se instalen cargadores privativos o comunitarios, porque esto puede suponer una modificación del riesgo asegurado. Omitir esta comunicación puede llevar a que la aseguradora reduzca la indemnización o rechace directamente la cobertura tras un siniestro, alegando ocultación de un cambio relevante en el riesgo.
El motivo de fondo es el temor creciente de las aseguradoras al riesgo de incendio derivado de fallos en las baterías de ion-litio, cuya reparación en un garaje comunitario suele ser especialmente compleja y costosa, con gran afectación a elementos comunes y a otros vehículos. Por ello, algunas compañías están exigiendo requisitos adicionales antes de asegurar o renovar la póliza de comunidades con puntos de recarga: sistemas de detección de incendios específicos, extintores homologados para baterías de ion-litio, interruptores de corte de emergencia rotulados en la entrada del garaje, o planos actualizados para los servicios de bomberos que señalen la ubicación de los vehículos eléctricos y los cuadros eléctricos.
En cuanto a la responsabilidad: si el incendio se origina durante el proceso de carga, responderá en principio el propietario del cargador o del vehículo, según lo que determinen los peritos de las aseguradoras o el informe del cuerpo de bomberos, sin perjuicio de lo que resuelva finalmente un procedimiento judicial en caso de discrepancia. Por eso recomendamos que cada propietario con cargador privativo cuente también con su propio seguro que cubra esta contingencia, más allá de la póliza general de la comunidad.
Recomendaciones para comunidades de propietarios en Murcia
Desde Initio Abogados, como despacho especializado en propiedad horizontal en Murcia, recomendamos a las juntas de vecinos:
- Regular en los estatutos o en las normas de régimen interno el procedimiento de comunicación e instalación de puntos de recarga, sin poder impedir el derecho reconocido por la ley.
- Notificar siempre a la aseguradora cualquier instalación de recarga eléctrica, privativa o comunitaria, para evitar problemas de cobertura ante un futuro siniestro.
- Exigir y archivar el Certificado de Instalación Eléctrica de cada cargador instalado.
- Valorar la instalación de medidas de protección contra incendios adaptadas al riesgo de las baterías de ion-litio.
- Consultar con un administrador de fincas y un abogado especializado antes de aprobar cualquier modificación estatutaria relacionada con la movilidad eléctrica.
Preguntas frecuentes sobre cargadores eléctricos en comunidades de propietarios en Murcia
¿Necesito permiso de la junta de vecinos para instalar un cargador en mi plaza de garaje? No. El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal permite instalarlo sin votación; solo hay que comunicarlo por escrito a la comunidad.
¿Puede la comunidad negarse a que instale el cargador? Solo si la instalación afecta a elementos estructurales del edificio o pone en riesgo la instalación eléctrica común. Fuera de esos casos, no puede oponerse.
¿Debe la comunidad avisar a su seguro si hay coches eléctricos en el garaje? Sí, es muy recomendable y en la práctica necesario: instalar puntos de recarga puede modificar el riesgo asegurado, y no informar a la aseguradora puede reducir o anular la cobertura ante un siniestro.
¿Hay ayudas para instalar un punto de recarga? Existen deducciones fiscales de hasta el 15% en la Declaración de la Renta (máximo 3.000 euros) y distintas líneas de ayudas autonómicas y estatales que conviene revisar antes de la instalación.
INITIO Abogados: despacho especializado en propiedad horizontal en Murcia
Si formas parte de una comunidad de propietarios en Murcia y tienes dudas sobre la instalación de puntos de recarga, la modificación de estatutos o un conflicto con tu compañía de seguros tras un siniestro en el garaje, en INITIO Abogados podemos ayudarte.
Somos un despacho de abogados en Murcia especializado en propiedad horizontal y comunidades de vecinos, y asesoramos tanto a comunidades como a propietarios individuales, presidentes y administradores de fincas en conflictos relacionados con la movilidad eléctrica, los seguros comunitarios y la Ley de Propiedad Horizontal.
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