¿Has comprado un coche de segunda mano a un concesionario o compraventa en Murcia y ha empezado a fallar a los pocos días o semanas? En INITIO Abogados somos abogados especialistas en vicios ocultos en Murcia y podemos ayudarte a reclamar con éxito si el vehículo presenta defectos que no te fueron comunicados en el momento de la compra.
La legislación protege al consumidor frente a este tipo de situaciones, especialmente cuando la venta se realiza a través de un profesional. En este artículo te explicamos cómo actuar si necesitas presentar una reclamación por vicios ocultos tras la compra de un coche o moto de segunda mano.
¿Qué son los vicios ocultos en vehículos de segunda mano?
Los vicios ocultos son defectos graves que ya existían en el vehículo al momento de la venta, pero que no eran visibles ni fueron advertidos al comprador. Afectan al funcionamiento del coche o reducen notablemente su valor.
En INITIO Abogados, abogados consumidores y usuarios en Murcia, hemos gestionado casos donde estos defectos incluían:
- Fallos en el motor o la caja de cambios.
- Averías electrónicas ocultas.
- Problemas estructurales derivados de siniestros no declarados.
- Desgaste irregular en frenos o dirección.
- Defectos ocultos en la culata o sistema de refrigeración.
Estos defectos no siempre aparecen en la prueba de conducción ni se detectan sin una revisión en profundidad, lo que da lugar a situaciones injustas para el comprador.
¿Qué responsabilidades tiene el vendedor profesional?
Si compraste el coche a un concesionario o compraventa, estás protegido por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). En estos casos, el vendedor está obligado a:
- Entregar el vehículo en condiciones adecuadas para su uso.
- Garantizar la ausencia de defectos ocultos.
- Cumplir con las condiciones pactadas (kilometraje, año, estado general, etc.).
¿Se puede devolver el coche por vicios ocultos?
Sí. Si el coche presenta un defecto grave, puedes reclamar al vendedor profesional una de estas soluciones:
- Reparación gratuita.
- Sustitución del vehículo (si es posible).
- Reducción del precio.
- Resolución del contrato, con devolución del vehículo y del importe pagado.
Además, si el defecto ha generado otros gastos (grúa, coche de sustitución, revisión, etc.), puedes exigir una indemnización por daños y perjuicios.
¿Qué pasa si el vendedor no quiere hacerse cargo?
Muchos compradores nos contactan porque el concesionario se desentiende alegando que “el coche funcionaba bien en el momento de la venta” o “ya pasó el plazo para reclamar”. En INITIO Abogados, abogados especializados en derecho del consumidor, advertimos que estas excusas no eximen al vendedor de responsabilidad, siempre que se pueda acreditar que el defecto ya existía en el momento de la entrega.
En estos casos, podemos reclamar tanto por vía extrajudicial como judicial, invocando:
- La Ley de Consumidores.
- Y el Código Civil (artículos 1484 y siguientes), que regula la responsabilidad por vicios ocultos incluso en ventas entre particulares.
¿Cuáles son los plazos para reclamar por vicios ocultos?
- Si se reclama como consumidor frente a un profesional, el plazo es de 3 años desde la entrega del coche.
- Si la reclamación se realiza bajo el Código Civil, el plazo es de 6 meses desde la compraventa.
Es importante destacar que estos plazos pueden variar si se ha pactado algo diferente en el contrato. Por eso, en INITIO Abogados, especialistas en defensa del consumidor en Murcia, analizamos detenidamente la documentación antes de iniciar cualquier reclamación.
¿Y si compré el coche a un particular?
En ventas entre particulares no se aplica la Ley de Consumidores, pero puedes reclamar por vicios ocultos si:
- El defecto ya existía al tiempo de la venta.
- No era visible para el comprador medio.
- Y el fallo impide el uso del coche o lo devalúa gravemente.
En estos casos, la reclamación se basa exclusivamente en el Código Civil, y el plazo es de 6 meses.
¿Quién tiene que probar que el defecto ya existía?
En principio, durante el primer año tras la compra a un profesional, se presume que los defectos son anteriores. Pero fuera de ese plazo —o en ventas entre particulares— es el comprador quien debe acreditar que el fallo ya existía cuando se compró el coche o la moto.
Esto implica, casi siempre, la contratación de un perito mecánico independiente que examine el vehículo y emita un informe técnico. En INITIO Abogados trabajamos con expertos fiables para acompañar tu reclamación con las pruebas necesarias.
INITIO Abogados: expertos en vicios ocultos en Murcia
En INITIO Abogados somos abogados especialistas en vicios ocultos en Murcia, y contamos con un equipo de abogados en protección del consumidor en Murcia con amplia experiencia en litigios relacionados con vehículos de segunda mano. Nos ocupamos de todo:
- Revisión del contrato de compraventa.
- Análisis legal y técnico del defecto.
- Redacción de la reclamación extrajudicial.
- Representación judicial si no se logra acuerdo.
- Colaboración con peritos especializados.
Si estás buscando abogados expertos en garantías de coches o necesitas presentar una reclamación por vicios ocultos tras comprar un coche o moto de segunda mano en Murcia, no lo dudes: contacta con nuestro despacho. La defensa del consumidor en Murcia es uno de nuestros pilares.
Aclaración final importante
Los plazos para reclamar pueden variar según las condiciones pactadas en el contrato, especialmente si se han incluido garantías comerciales, cláusulas limitativas o exclusiones. Además, si no estás en el periodo de presunción legal, será el comprador quien tenga que demostrar que el defecto ya existía, lo que implica recurrir a un informe pericial cualificado.
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