¿Qué hago si mi expareja no paga la Pensión de Alimentos en Murcia? | Abogados Penalistas

Cuando un cliente busca en Google “mi expareja no paga la pensión de alimentos en Murcia”, “impago pensión alimentos Murcia abogado” o “denunciar impago pensión en Murcia”, normalmente está atravesando una situación urgente y compleja. La preocupación por el bienestar de los hijos se mezcla con la incertidumbre legal y la duda sobre si es posible actuar, cómo hacerlo y qué consecuencias tiene para la persona que incumple.

En INITIO Abogados, despacho especializado en Derecho Penal en Murcia, hemos asesorado a numerosos clientes que sufren —o son denunciados por— el impago de pensiones. Por eso hemos preparado esta guía completa, directa y basada en jurisprudencia actual, para ayudarte a comprender qué ocurre cuando se deja de pagar la pensión de alimentos y cómo actuar eficazmente ante los juzgados de Murcia.

El impago de la pensión de alimentos puede convertirse en un delito cuando se dejan de abonar dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos de una prestación económica establecida en una sentencia judicial o en un convenio regulador homologado judicialmente.

Este matiz es esencial: muchas personas creen que los acuerdos verbales o los pactos privados tienen valor penal, pero no es así. Solo las obligaciones fijadas por resolución judicial permiten acudir al artículo 227 CP.

La pena puede consistir en prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses, y además siempre se exige el pago de todas las cantidades adeudadas. Por eso, este delito se ha convertido en una herramienta jurídica sólida para garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares en Murcia.

Aunque muchas búsquedas relacionadas con este tema empiezan por “denunciar impago pensión Murcia”, lo cierto es que no todo impago constituye delito. Para que exista responsabilidad penal, debe demostrarse que la persona obligada tenía capacidad económica real para pagar.

Los juzgados de Murcia aplican un criterio claro: si la persona incumplidora acredita una imposibilidad objetiva de atender los pagos, no puede ser condenada. Y esta imposibilidad debe ser real, grave, no voluntaria y plenamente demostrable.

La jurisprudencia discute si es la acusación o la defensa quien debe probar la capacidad económica, pero en la práctica, quien mejor documenta su situación suele llevar ventaja en el procedimiento. En INITIO Abogados realizamos un estudio exhaustivo de los ingresos, gastos, deudas, historial laboral y cambios económicos de nuestros clientes para demostrar tanto la imposibilidad de pago como la existencia de capacidad cuando actuamos como acusación.

Otro error común es creer que pagar “algo” siempre basta para evitar el delito.
En Murcia, varias resoluciones de la Audiencia Provincial señalan que los pagos parciales pueden demostrar la falta de intención de incumplir, lo que excluye el elemento subjetivo del delito.

Sin embargo, esto no significa que cualquier cantidad sirva. Los jueces examinan la conducta completa del obligado: si su actuación demuestra esfuerzo real y voluntad de cumplir, es más difícil que se aprecie delito. Si los pagos son mínimos, simbólicos o estratégicamente espaciados, la interpretación penal cambia.

Por ello, tanto la acusación como la defensa deben construir un relato coherente, apoyado en documentación sólida y en un enfoque jurídico estratégico.

Aunque el caso más habitual en Murcia es el impago de pensión de alimentos para hijos menores o mayores económicamente dependientes, el artículo 227 CP también puede aplicarse a:

  • pensión compensatoria,
  • capitales o indemnizaciones fijados judicialmente en supuestos de nulidad matrimonial,
  • rentas vitalicias o prestaciones económicas únicas establecidas en sentencia.

No se incluyen las prestaciones derivadas de acuerdos privados o las obligaciones no homologadas.

Ante un impago, la actuación debe ser rápida y técnica. Una demora prolongada puede complicar el procedimiento. En nuestro despacho recibimos muchas consultas que comienzan con “mi expareja lleva meses sin pagar, no sé qué hacer”, y el problema suele ser que han dejado pasar demasiado tiempo.

Lo primero es comprobar la resolución que fija la pensión. Después, reunir los justificantes de impago y preparar la denuncia o querella penal con una estrategia sólida. El procedimiento ante los juzgados de instrucción de Murcia requiere claridad, coherencia y, sobre todo, una fundamentación jurídica impecable basada en doctrina y jurisprudencia reciente.

En muchos casos, la simple presentación de una denuncia bien construida provoca que el deudor se ponga al día rápidamente para evitar una condena.

Si eres tú quien está siendo denunciado por impago, es fundamental actuar con la misma rapidez. Una acusación mal defendida puede derivar en una condena penal, antecedentes y embargos. La defensa debe centrarse en demostrar la imposibilidad económica real, la ausencia de intención de incumplir o la existencia de pagos parciales relevantes.

La experiencia nos demuestra que las defensas basadas en documentación sólida, explicaciones claras y un enfoque preventivo tienen un alto porcentaje de éxito.

Nuestro despacho es un referente en Derecho Penal en Murcia, especialmente en procedimientos del artículo 227 CP. Combinamos la experiencia penal con el conocimiento profundo del derecho de familia, lo que nos permite construir estrategias completas y efectivas, ya se trate de reclamar o de defender.

Quien busca en Google “abogado penalista Murcia pensión alimentos” o “abogado impago pensiones Murcia” encuentra en INITIO Abogados una respuesta profesional, rápida y orientada a resultados.

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