¿Es obligatoria audiencia previa al trabajador antes de un despido disciplinario en Murcia? Asesoramiento para empresas y trabajadores

El despido disciplinario es una de las medidas más severas que puede adoptar una empresa. Afecta a la continuidad del trabajador, a la organización interna y, en muchos casos, a la reputación del negocio. Hasta finales de 2024, en España bastaba con entregar una carta detallando los hechos para poner fin al contrato. Sin embargo, desde la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024, la situación ha cambiado de manera radical, introduciendo un elemento procedimental imprescindible: la audiencia previa al trabajador antes de la decisión de despido.

En esta guía elaborada por INITIO Abogados, despacho de abogados laboralistas en Murcia, analizamos con profundidad la nueva exigencia, qué implica para empresas y trabajadores, y cuándo existen excepciones muy limitadas. Nuestro objetivo es ofrecer un artículo altamente optimizado para SEO, orientado a resolver dudas reales y a posicionar como referencia en derecho laboral en Murcia, tanto para trabajadores como para empresas.

La audiencia previa es un trámite que permite que el trabajador conozca los hechos que se le imputan y pueda hacer alegaciones, defenderse, proponer pruebas o aportar su versión antes de que la empresa adopte la decisión final de despedirlo.

Aunque esta figura existía ya en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, España no lo había aplicado de forma estricta en el despido disciplinario… hasta ahora.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024 establece que:

“Ningún despido disciplinario podrá acordarse sin ofrecer previamente al trabajador la oportunidad efectiva de ser oído.”

Desde ese momento:

  • 🟩 El trámite es obligatorio para todos los despidos disciplinarios efectuados desde noviembre de 2024.
  • 🟥 Si no se ofrece audiencia previa, el despido podrá declararse improcedente por vulneración de garantías formales.

Esto afecta directamente a empresas de todos los sectores en Murcia, y también abre nuevas vías de defensa para trabajadores despedidos.

Para cualquier empresa murciana —PYME, autónomo empleador o gran empresa— esta sentencia supone un cambio absoluto en la forma de gestionar conflictos laborales y especialmente faltas disciplinarias.

Las empresas ahora deben:

Debe informarse de:

  • los hechos atribuidos,
  • la apertura del procedimiento disciplinario,
  • su derecho a presentar alegaciones.

Puede hacerse por escrito o en una reunión formal. Lo importante es que la empresa pueda demostrar que le dio realmente esa oportunidad.

En caso de conflicto judicial, no bastará con afirmar que se ofreció audiencia: habrá que acreditarlo.

Para las empresas de Murcia que buscan tranquilidad jurídica, desde INITIO Abogadosespecialistas en despidos disciplinarios en Murcia— recomendamos revisar los protocolos internos y adaptar los modelos de comunicación laboral.

Aunque la sentencia no impone una forma concreta, sí exige que sea real, efectiva y acreditable. Es decir: no basta con una llamada informal o un comentario verbal en un pasillo.

Los pasos recomendados son:

Todo debe quedar por escrito, porque en caso de juicio laboral será clave para la defensa.

La consecuencia principal es demoledora para las empresas:

Esto implica que la empresa deberá:

  • readmitir al trabajador con abono de salarios de tramitación, o
  • pagar la indemnización legal por improcedencia (33 días por año trabajado).

Además, no ofrecer audiencia previa puede:

  • debilitar la credibilidad de la empresa,
  • aumentar riesgos reputacionales,
  • agravar el conflicto laboral,
  • incrementar posibilidades de demandas por vulneración de derechos fundamentales.

Desde nuestra experiencia en INITIO Abogados, despacho de abogados en Murcia, ya hemos logrado que se reconozca la improcedencia en varios casos recientes basados precisamente en la falta de audiencia previa.

Puedes verlo en nuestra entrada:


👉 CASO DE ÉXITO: Despido disciplinario tras baja médica resuelto en conciliación.

El Tribunal Supremo admite excepciones muy restrictivas en las que la empresa puede prescindir de la audiencia previa. Son las siguientes:

  • dirección desconocida,
  • incomparecencias reiteradas,
  • situaciones de fuerza mayor.

Por ejemplo:

  • durante un expediente interno previo,
  • en entrevistas de investigación donde ya dio su versión.

Únicamente si:

  • el trabajador ha reconocido los hechos de forma clara,
  • o ha manifestado expresamente no querer alegar nada más.

Cuando la permanencia del trabajador en el centro de trabajo pueda suponer:

  • agresiones,
  • amenazas,
  • riesgos para personas o bienes.

Órdenes judiciales de alejamiento u otras restricciones penales.

⚠️ La empresa deberá justificar documentalmente por qué no era posible realizar la audiencia previa.

Desde INITIO Abogados recomendamos:

  • 🔍 Revisar los protocolos de recursos humanos
  • 🧾 Actualizar los modelos de cartas disciplinarias
  • 📑 Implantar procedimientos documentales de audiencia
  • 👩‍⚖️ Solicitar asesoramiento profesional especializado

El coste de un error suele ser muy superior al coste de un buen abogado laboral en Murcia.

Si estás en Murcia y te han despedido disciplinariamente sin audiencia previa:

Muchos trabajadores desconocen que este nuevo requisito les ofrece una poderosa herramienta para defender sus derechos.

Para profundizar, te recomendamos nuestras entradas:

📌 Extinción del contrato de trabajo en Murcia | Abogados Laboralistas en Murcia
📌 CASO DE ÉXITO: Despido disciplinario tras baja médica resuelto en conciliación

⭐ Conclusión: La audiencia previa ya es obligatoria. Las empresas deben adaptarse y los trabajadores pueden defenderse mejor

A partir de noviembre de 2024, cualquier despido disciplinario realizado en Murcia debe incluir una audiencia previa real y documentada, salvo supuestos excepcionales. Esta novedad procesal ha cambiado por completo la forma de actuar en el ámbito laboral, convirtiéndose en un requisito esencial para evitar improcedencias.

En un entorno jurídico cada vez más exigente, contar con abogados laboralistas en Murcia especializados en despidos disciplinarios es fundamental.

📍 Plaza Santo Domingo 13, 3º, 30.008 — Murcia (Capital)
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