Delito de Impago de Pensión de Alimentos en Murcia | Abogados Penalistas y de Familia

¿Impago de pensión de alimentos en Murcia? El art. 227 CP castiga con prisión o multa. INITIO Abogados: penalistas + especialistas en familia. ⚖️

El artículo 227 del Código Penal tipifica el delito de impago de pensión de alimentos de la siguiente forma:

“El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o de sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en supuesto de separación, divorcio, nulidad, proceso de filiación o alimentos a favor de hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.”

Además:

  • Con la misma pena se castiga el impago de cualquier otra prestación económica fijada en los mismos supuestos.
  • La reparación del daño comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas.

El impago de pensión alimenticia combina Derecho de Familia (fijación/modificación de la pensión) y Derecho Penal (art. 227 CP). Por eso, necesitas un equipo que domine ambas ramas y conozca la praxis de los juzgados de Murcia.

EspecialidadVentaja local
Derecho de FamiliaModificación de pensiones, ejecución de sentencias, medidas paternofiliales
Derecho PenalDenuncias por impago, defensa ante Juzgado de lo Penal, absoluciones por fuerza mayor
Conocimiento localCriterios de los Juzgados de lo Penal en Murcia

En Murcia capital y provincia, los procedimientos por impago de pensión de alimentos son frecuentes. Un abogado especialista en pensión de alimentos en Murcia con experiencia penal marca la diferencia.

Para que se aplique el artículo 227 CP, deben concurrir cuatro requisitos:

RequisitoDetalle
1. Obligación judicialSentencia firme o convenio homologado (divorcio, separación, filiación)
2. Periodo de impago2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos
3. BeneficiariosHijos o cónyuge (según resolución)
4. PruebaExtractos bancarios, requerimientos notariales, listado de impagos

Si no estás recibiendo la pensión de alimentos en Murcia, actúa rápido:

  1. Reúne documentación:
    • Copia de la sentencia/convenio
    • Extractos bancarios (impagos)
    • Listado de meses sin cobrar
  2. Inicia la vía civil: ejecución de sentencia para reclamar atrasos.
  3. Valora la vía penal: denuncia ante Juzgado de Instrucción o Fiscalía (art. 227 CP).
  4. No demores: cuanto mayor sea la deuda, más sólida es la acusación.

Consejo: Un abogado especialista en pensión de alimentos en Murcia puede combinar ambas vías para maximizar la recuperación.

Si no puedes pagar la pensión por dificultades económicas:

  • Negocia YA la regularización de atrasos.
  • Solicita modificación de la pensión (vía civil) con prueba de cambio de circunstancias.
  • Evita acumular deuda: el juzgado valora la voluntad de pago.
  • Consulta con abogados penalistas: pueden lograr absolución si demuestras fuerza mayor (desempleo, enfermedad…).

Caso de éxito INITIO: Absolución por impago de pensión en Murcia al acreditar pérdida involuntaria de empleo (ver caso completo).

DiferencialINITIO
Doble especialidadPenal + Familia
+100 casos resueltosImpago, modificación, ejecución
Presencia localMurcia capital, Cartagena, Lorca
Consulta Presencial, videoconferencia, telefónica

El impago de pensión de alimentos fijada por sentencia o convenio es un delito (art. 227 CP) que puede conllevar prisión, multa y pago forzoso de atrasos.

Tanto si eres beneficiario como obligado al pago, necesitas asesoramiento urgente de:

  • Abogados penalistas en Murcia
  • Abogados de pensión de alimentos en Murcia
  • Despacho de abogados en Murcia con experiencia en derecho de familia y penal

INITIO Abogados – Tu aliado en Murcia Abogados penalistas · Abogados de familia · Pensión de alimentos

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