🚔 Perspectiva Jurídica sobre la Instrucción 7/2025, el Art. 36.16 de la LO 4/2015 y Defensa Penal
En INITIO Abogados Murcia, como abogados penalistas especializados en tráfico de drogas y delitos contra la salud pública, analizamos la polémica Instrucción 7/2025 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que excluye sanciones por consumo de drogas en vehículos estacionados según la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Este artículo aborda las críticas de asociaciones policiales en Murcia, los límites de la actuación policial y cómo proteger tus derechos con nuestra defensa experta.
🔎 ¿Qué Dice la Ley sobre el Consumo de Drogas en Lugares Públicos?
El artículo 36.16 de la LO 4/2015 considera una infracción grave, sancionable con multas de 601 a 30.000 euros:
“El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos.”
Tradicionalmente, los vehículos estacionados en la vía pública se incluían como “lugares públicos”. Sin embargo, la Instrucción 7/2025, emitida en mayo de 2025, reinterpreta este precepto, excluyendo sanciones administrativas por consumo en vehículos estacionados, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que reconoce una “expectativa de privacidad” en estos casos.
🚗 ¿Es un Vehículo Estacionado un Espacio Privado?
Un vehículo estacionado no tiene la misma protección que un domicilio (art. 18.2 CE), pero sí una cierta privacidad. El Tribunal Supremo ha establecido:
“Un automóvil no es un espacio donde se desarrolle la vida íntima como un domicilio, pero ofrece una expectativa razonable de privacidad”
La Instrucción 7/2025 argumenta que un vehículo estacionado, no usado como vivienda ni en circulación, se asemeja a un espacio privado, por lo que el consumo de drogas en su interior no es sancionable administrativamente, salvo en casos de delitos penales.
👮♂️ ¿Puede la Policía Registrar un Vehículo sin Orden Judicial?
A pesar de la Instrucción 7/2025, los agentes pueden registrar un vehículo estacionado sin orden judicial si:
- Existe flagrancia (ejemplo: consumo visible desde el exterior).
- La actuación es proporcionada y preventiva (art. 11.1 LO 2/1986).
- Hay indicios de un delito, como tráfico de drogas (art. 368 CP) o conducción bajo efectos (art. 379 CP).
Ejemplo práctico: En Murcia, si un agente observa a una persona consumiendo marihuana en un coche estacionado en la Plaza Circular, puede identificarla y registrar el vehículo si hay indicios claros (sustancia visible). Sin embargo, según la instrucción, no puede imponer una sanción administrativa por consumo, salvo que se detecte un delito o el vehículo esté en marcha.
Límites: Sin flagrancia o con una intervención desproporcionada, la actuación podría vulnerar el derecho a la intimidad (art. 18.1 CE). La Instrucción, según los sindicatos policiales, genera “impunidad” y limita la prevención de delitos.
⚖️ ¿Qué Introduce la Instrucción 7/2025 y Por Qué Es Controvertida?
La Instrucción 7/2025 busca unificar criterios policiales, pero ha generado controversia por:
- Exclusión de sanciones: Prohíbe sancionar administrativamente el consumo o tenencia de drogas en vehículos estacionados, salvo en transportes colectivos o delitos penales.
- Base jurisprudencial: Se apoya en sentencias del Tribunal Supremo (1999, 2013, 2020), pero sindicatos critican que no incorpora fallos más recientes.
- Inseguridad jurídica: La norma expone a los agentes a denuncias o sanciones disciplinarias por actuaciones justificadas.
- Riesgo para la seguridad: Limitar la intervención policial obstaculiza la prevención de altercados y protege la salud pública.
🚨 Críticas de Asociaciones Policiales en Murcia
La Instrucción 7/2025 ha sido rechazada por las principales asociaciones policiales de Murcia:
Estas críticas reflejan el temor a una pérdida de autoridad policial, un aumento de la impunidad y un impacto en la seguridad vial, especialmente en entornos frecuentados por menores.
🛡️ ¿Cuándo Se Vulneran los Derechos Fundamentales?
La intervención policial es legítima si:
- Ocurre en un lugar público.
- Hay flagrancia (consumo visible).
- Es proporcionada y conforme a la ley.
Sin embargo, la Instrucción 7/2025 plantea riesgos:
- Normalización del consumo: Permitir el consumo en vehículos estacionados puede convertir las calles en “espacios de consumo público”.
- Inseguridad jurídica: La ambigüedad sobre “flagrancia” o “proporcionalidad” expone a los agentes a cuestionamientos legales.
- Impacto en menores: la norma expone a menores a la normalización del consumo en lugares públicos.
✅ Consecuencias y Alternativas Legales
- Administrativas: El consumo en vehículos estacionados no es sancionable según la instrucción, pero la tenencia de drogas en cantidades que sugieran tráfico puede derivar en un procedimiento penal (art. 368 CP).
- Penales: Conducir tras consumir drogas es un delito (art. 379 CP), con penas de prisión, multas y retirada del permiso.
- Recursos: Si una intervención policial es arbitraria, INITIO Abogados Murcia puede ayudarte a recurrir para proteger tus derechos.
📜 Conclusión de INITIO Abogados Murcia
Como abogados penalistas expertos en tráfico de drogas y delitos contra la salud publica en Murcia con amplia experiencia, podemos afirmar lo siguiente:
- La intervención policial ante el consumo de drogas en un vehículo estacionado no requiere orden judicial.
- Se trata de una actuación legítima, proporcionada y preventiva, amparada por el art. 36.16 de la LO 4/2015.
- No afecta al derecho a la intimidad ni al de inviolabilidad del domicilio.
- Es una medida adecuada para proteger la seguridad ciudadana, prevenir delitos y garantizar la legalidad.
🔹 Un coche no es un domicilio. Y consumir drogas en su interior, a la vista de todos, no es un acto privado.
Si enfrentas una sanción o investigación por consumo o tenencia de drogas en Murcia, INITIO Abogados te ofrece una defensa penal rigurosa y personalizada.
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En INITIO Abogados, somos especialistas en tráfico de drogas, consumo de estupefacientes y delitos contra la salud pública en Murcia. Nuestros abogados penalistas en Murcia te brindan asesoramiento inmediato y una defensa eficaz para proteger tus derechos. ¡Contacta hoy con nosotros!