En INITIO Abogados, despacho especialista en Derecho Penal Económico en Murcia, defendemos con éxito a particulares, empresarios y sociedades mercantiles implicados en investigaciones, procedimientos judiciales o acusaciones relacionadas con delitos de estafa, fraude, apropiación indebida y otros delitos patrimoniales.
El delito de estafa es uno de los más denunciados en la Región de Murcia, especialmente en sus modalidades informática y empresarial. Sin embargo, muchos procedimientos parten de un error de calificación penal: lo que en realidad es un conflicto civil o mercantil se tramita como delito, generando consecuencias devastadoras para el investigado.
En este artículo analizamos en profundidad el delito de estafa según el Código Penal, sus tipos, elementos esenciales, jurisprudencia relevante y, sobre todo, cómo una defensa penal especializada puede evitar la imputación o minimizar sus efectos ⚖️.
¿Qué es el delito de estafa según el artículo 248 del Código Penal?
El artículo 248.1 del Código Penal define la estafa como: “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.
En términos jurídicos, la estafa requiere un engaño deliberado, previo y bastante que genera un error en la víctima, quien, por ese error, realiza un acto patrimonial (entrega de dinero, firma de contrato, cesión de bienes) que le causa un perjuicio económico directo.
Elementos esenciales del delito de estafa
Para que exista estafa, deben concurrir cinco elementos según la jurisprudencia consolidada:
- Engaño bastante: debe ser objetivamente idóneo para inducir a error.
- Error de la víctima: la persona engañada cree algo falso.
- Acto de disposición patrimonial: entrega de dinero, firma de contrato, cesión de bienes.
- Ánimo de lucro: intención de obtener un beneficio económico.
- Nexo causal: el perjuicio debe derivar directamente del engaño.
En INITIO Abogados analizamos cada caso para determinar si el engaño fue realmente “bastante” o si, por el contrario, nos encontramos ante un incumplimiento contractual civil, una negligencia o un conflicto mercantil, que no deben ser tratados como delito penal.
Tipos de estafa según el Código Penal (arts. 248 a 251 bis)
El delito de estafa no se limita a los fraudes clásicos. El Código Penal recoge una amplia variedad de modalidades, adaptadas a las nuevas realidades tecnológicas y empresariales.
1. Estafa informática (art. 249.1.a)
Se castiga la manipulación de sistemas informáticos o datos electrónicos para lograr transferencias patrimoniales no consentidas.
Ejemplos comunes:
- Phishing bancario
- Hackeo de cuentas
- Modificación de facturas electrónicas
2. Uso fraudulento de tarjetas o instrumentos de pago (art. 249.1.b)
Incluye el uso indebido de tarjetas de crédito/débito, cheques de viaje o datos de pago electrónicos, ya sea por falsificación, robo o uso no autorizado.
3. Estafa agravada (art. 250)
Las penas aumentan cuando concurren circunstancias de especial gravedad:
- Afectar a bienes de primera necesidad
- Superar los 50.000 euros de perjuicio
- Afectar a numerosas víctimas
- Cometerse abusando de la confianza profesional o empresarial
- Manipular pruebas en un procedimiento judicial (estafa procesal)
Si la cantidad defraudada supera los 250.000 euros, la pena puede alcanzar de 4 a 8 años de prisión.
4. Estafas inmobiliarias o de disposición patrimonial (art. 251)
Incluyen:
- Venta de propiedad ajena
- Doble gravamen hipotecario
- Celebración de contratos simulados para perjudicar a terceros
Son especialmente frecuentes en el ámbito inmobiliario y empresarial en Murcia.
5. Responsabilidad de personas jurídicas (art. 251 bis)
Las empresas también pueden ser condenadas por delitos de estafa cometidos por sus directivos o empleados, con multas del doble al quíntuple del beneficio obtenido, además de sanciones como inhabilitación o cierre temporal del negocio.
Delitos económicos en Murcia: un problema en auge
En los últimos cinco años, los Juzgados de Instrucción y Penal de Murcia han registrado un incremento de denuncias por delitos económicos, según datos del Consejo General del Poder Judicial 📈.
Los casos más frecuentes incluyen:
- Fraudes bancarios y phishing
- Estafas en compraventas online
- Defraudaciones en inversiones financieras o criptomonedas
- Apropiación indebida y administración desleal
- Simulación de contratos o facturas falsas
El aumento de la actividad económica digital ha llevado a un endurecimiento judicial, pero también a numerosos errores de calificación penal, en los que simples conflictos civiles se tramitan como delitos.
Por ello, contar con un abogado penalista experto en delitos económicos en Murcia es clave para distinguir entre responsabilidad penal y civil, y evitar imputaciones innecesarias.
Defensa penal en casos de estafa: estrategia jurídica de INITIO Abogados
En INITIO Abogados, la defensa se basa en un análisis técnico y estratégico:
- Examen exhaustivo de la prueba del engaño: ¿fue real y bastante?
- Análisis del ánimo de lucro: no todo beneficio económico constituye delito.
- Estudio del perjuicio patrimonial: debe demostrarse un daño efectivo y cuantificable.
- Diferenciación entre delito y conflicto civil: clave en el 70% de los casos.
- Negociación o acuerdo previo al juicio: permite la atenuación de la pena o la conformidad penal favorable.
En muchos procedimientos, hemos logrado archivos, absoluciones o conformidades con pena mínima, especialmente en casos de presunta estafa entre socios, administradores o inversores.
Consulta nuestros casos de éxito en defensa penal de empresas.
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- Especialistas en Derecho Penal Económico y Empresarial
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