En INITIO Abogados, especialistas en Derecho de Familia en Murcia, recibimos cada vez más consultas relacionadas con los compromisos previos al matrimonio, especialmente cuando una de las partes se arrepiente en el último momento. ¿Qué ocurre si se rompe una promesa de matrimonio? ¿Quién paga los gastos de la boda? ¿Existen consecuencias legales? Te lo explicamos en este artículo desde un punto de vista jurídico y práctico.
¿Qué es la promesa de matrimonio?
El Código Civil, en su artículo 42, reconoce la promesa de matrimonio como un acto en el que dos personas manifiestan su intención de casarse en el futuro. Sin embargo, como indica el propio precepto, «la promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo», lo que significa que ninguna persona puede ser obligada legalmente a casarse solo por haberlo prometido.
Aunque esta norma protege la libertad personal, no impide que el arrepentimiento en el último momento pueda tener consecuencias económicas y patrimoniales, especialmente si ha habido un perjuicio causado a la otra parte.
¿Y si se rompe la promesa? ¿Hay indemnización?
El artículo 43 del Código Civil establece que si uno de los prometidos revoca su consentimiento sin causa justificada, y ello causa gastos o daños a la otra parte, podrá ser obligado a resarcirlos.
Esto significa que, si una persona decide cancelar la boda sin justificación razonable (por ejemplo, un “plantón” en el altar sin previo aviso), la otra parte puede reclamar todos los gastos relacionados con la boda que haya asumido o comprometido: banquete, traje, luna de miel, alquiler de espacios, flores, etc.
¿Quién paga los gastos de la boda si uno se arrepiente?
Dependerá del caso concreto. Si ambos prometidos acordaron asumir los gastos a partes iguales, cada uno deberá afrontar su parte. Pero si hay pruebas de que uno de los dos fue el responsable del arrepentimiento injustificado, ese puede ser condenado a indemnizar al otro.
En INITIO Abogados, abogados matrimonialistas en Murcia con amplia experiencia en estos casos, analizamos cada situación de forma personalizada para valorar si procede una reclamación judicial.
¿Y los regalos de boda?
Una cuestión habitual es qué ocurre con los regalos recibidos. Si la boda no se celebra, y los regalos ya han sido entregados, pueden reclamarse legalmente si no ha habido voluntad de donarlos al margen del matrimonio. La jurisprudencia suele aceptar su devolución, especialmente cuando el enlace no se ha celebrado y no ha existido convivencia.
Recomendación: firmar capitulaciones matrimoniales
Aprovechamos este contexto para recordar la importancia de firmar unas capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio. Este documento permite regular el régimen económico del matrimonio (gananciales o separación de bienes) y prevenir futuras controversias en caso de divorcio, custodia compartida, régimen de visitas o pensión de alimentos.
Nuestros abogados de Derecho Civil en Murcia recomiendan siempre este paso, incluso en segundas nupcias o cuando hay hijos de relaciones anteriores.
¿Has sufrido un plantón antes de casarte?
En INITIO Abogados, como especialistas en Derecho de Familia en Murcia, te asesoramos para reclamar los daños ocasionados si has sido víctima de una cancelación injustificada del matrimonio. También intervenimos en mediaciones, negociaciones extrajudiciales y procedimientos civiles si fuera necesario.
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