En nuestro despacho de abogados penalistas en Murcia, especializados en delitos contra la libertad e indemnidad sexual, hemos conseguido una importante victoria judicial actuando como acusación particular en un grave caso de abusos sexuales continuados a un menor de edad.
Gracias a un trabajo técnico, jurídico y humano extremadamente delicado, se logró una sentencia condenatoria por delito continuado de abuso sexual a menor, conforme al artículo 183.1, 2, 3 y 4.d) del Código Penal en su redacción anterior, junto con la aplicación del artículo 192.1 del mismo texto legal en cuanto a la protección de las víctimas.
📌 ¿Qué decía el artículo 183 del Código Penal?
El artículo 183 del Código Penal castigaba los abusos sexuales a menores de 16 años, estableciendo penas más graves cuando la víctima tiene menos de 13. En su redacción vigente en el momento de los hechos, se imponía prisión de 2 a 6 años, agravándose hasta 12 años en los casos más graves, como los que implican acceso carnal o se aprovechan de relaciones de superioridad o confianza.
Artículo 183.1 CP: «El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años será castigado como responsable de abuso sexual…»
Artículo 183.4.d CP: «…cuando se produzca acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos…»
Artículo 192.1 CP: establece medidas adicionales para proteger la salud e integridad psíquica de las víctimas menores.
Este caso cumplía todos los requisitos del tipo agravado: edad, reiteración en el tiempo, acceso carnal y abuso de una posición de confianza. Además, conforme al artículo 74 del Código Penal, se aplicó la figura del delito continuado, dada la homogeneidad de los actos y la unidad de propósito del agresor.
👩⚖️ Garantías para el menor y prueba preconstituida
Uno de los logros fundamentales fue evitar la revictimización del menor en el juicio. En aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y con base en informes psicológicos especializados, se justificó legalmente que no declarara nuevamente en sala, validando como prueba principal la exploración practicada en instrucción con todas las garantías legales.
✅ Resultado de la sentencia
El tribunal impuso al acusado:
- 12 años de prisión
- Prohibición de acercarse a la víctima
- Prohibición de comunicarse por cualquier medio con la víctima
- Medida de libertad vigilada
- Indemnización por daño moral
- Condena en costas, incluidas las de la acusación particular
Una resolución justa y firme que protege los derechos de los menores víctimas y refuerza la confianza en el sistema judicial.
👨⚖️ Abogados expertos en delitos sexuales a menores en Murcia
En nuestro despacho, contamos con un equipo de abogados especialistas en delitos sexuales y en Derecho Penal de Menores en Murcia, con una amplia trayectoria en agresiones sexuales, abusos sexuales y otros delitos contra la libertad sexual. Sabemos que estos procedimientos requieren no solo experiencia jurídica, sino también un trato humano, prudente y altamente profesional.
Nos encargamos de:
- Representación de víctimas y acusaciones particulares
- Asistencia jurídica en denuncias por abuso sexual a menores
- Defensa en delitos sexuales y protección de derechos fundamentales
- Medidas de protección y tutela de menores en el proceso penal
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INITIO ABOGADOS
Especialistas en Derecho Penal y Delitos contra la Libertad Sexual.
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- Defensa en delitos sexuales y abusos a menores
- Asesoramiento en Derecho Penal de Menores
- Protección jurídica a víctimas de agresiones sexuales
- Representación legal en procedimientos penales en Murcia
Nota aclaratoria: Por razones de privacidad y protección de los afectados, los datos y algunas circunstancias del caso descrito han sido modificados. El contenido mantiene la veracidad jurídica del proceso y la sentencia, pero garantiza el anonimato de las personas implicadas.
📌 El presente caso se juzgó conforme a la redacción del artículo 183 del Código Penal vigente en la fecha de los hechos. Actualmente, dicho artículo ha sido modificado por reformas legislativas posteriores, especialmente tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, que reorganizó los delitos contra la libertad sexual y redefinió el consentimiento.