Obras de Accesibilidad en Comunidades de Propietarios en Murcia

En INITIO Abogados, tu despacho de abogados en Murcia, somos conscientes de la creciente necesidad de adaptar los edificios a las personas mayores o con discapacidad. La legislación española establece una serie de obligaciones concretas para las comunidades de propietarios en materia de accesibilidad, especialmente cuando el coste de las obras no resulta excesivo y existe una necesidad real.

A continuación te explicamos qué dice exactamente la ley, cómo deben tomarse los acuerdos, qué obras se consideran obligatorias, y cómo tramitar ayudas y subvenciones para obras de accesibilidad en Murcia a través de la CARM.

La Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal recoge en su artículo 10.1.b) que:

Es decir, no hace falta acuerdo de la junta si:

  • Lo solicita una persona con discapacidad o mayor de 70 años.
  • Y el coste anual, descontadas subvenciones, no supera 12 mensualidades ordinarias.

En ese caso, la decisión deberá adoptarse conforme al artículo 17.2 de la LPH, que indica:

Esto se conoce como mayoría simple doble: más del 50% de los propietarios presentes o representados en la junta, y que representen a su vez más del 50% de las cuotas de participación.

Las obras de accesibilidad obligatorias son aquellas necesarias para:

  • Permitir el uso adecuado de los elementos comunes.
  • Facilitar la movilidad de personas con discapacidad o mayores.
  • Eliminar barreras arquitectónicas.
  • Mejorar la comunicación con el exterior.
  • Instalación de ascensores o plataformas salvaescaleras.
  • Rampas de acceso o modificación de escalones.
  • Automatización de puertas de entrada.
  • Instalación de videoporteros accesibles para personas con discapacidad sensorial.
  • Ampliación o adaptación de pasillos y zonas comunes.

El artículo 10.1.a) de la LPH permite que el presidente, sin necesidad de acuerdo previo, pueda ordenar la ejecución de obras necesarias por motivos de seguridad, accesibilidad o habitabilidad inmediata:

Una vez realizadas, debe informar a la junta lo antes posible.

En INITIO Abogados somos también expertos en derecho administrativo y tramitación de subvenciones, tanto a nivel estatal como autonómico. Murcia cuenta con diversas ayudas públicas para la mejora de la accesibilidad.

Algunos ayuntamientos como Murcia, Cartagena, Lorca o Molina de Segura también ofrecen convocatorias específicas. Estas ayudas pueden complementar las autonómicas.

En INITIO Abogados tramitamos todas las ayudas disponibles, optimizando la financiación del proyecto y garantizando su legalidad.

Si bien muchas comunidades intentan resolver estas cuestiones por su cuenta, en la práctica surgen conflictos, impugnaciones, dudas sobre mayorías o reparto de costes. Como abogados especialistas en propiedad horizontal en Murcia, desde INITIO Abogados te ayudamos en:

  • Convocatoria y redacción de acuerdos de junta.
  • Verificación de las mayorías legales.
  • Gestión de licencias y subvenciones públicas.
  • Defensa legal ante impugnaciones o desacuerdos.

La Ley de Propiedad Horizontal obliga a las comunidades a ejecutar obras de accesibilidad cuando lo soliciten personas con discapacidad o mayores de 70 años y el coste no supere las 12 mensualidades comunes. Si se supera ese umbral, la comunidad puede aprobarlas con una mayoría simple.

Además, las ayudas de accesibilidad para mejorar el bienestar y la habitabilidad de tu vivienda en Murcia, gestionadas por la CARM, reducen el coste para los propietarios.

En INITIO Abogados, especialistas en comunidades de vecinos en Murcia, te asesoramos legal y técnicamente en todo el proceso.

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