¿Te Reclaman Deudas de una Herencia que Nunca Aceptaste? La Importancia de la Aceptación Tácita
Si te han reclamado deudas de un familiar fallecido o te han embargado cuentas por una herencia que nunca aceptaste, este artículo te va a interesar. En INITIO Abogados resolvemos estos casos con éxito.
¿Qué es la Herencia Yacente?
Cuando una persona fallece, sus bienes no pasan automáticamente a los herederos. Durante un tiempo, la herencia se encuentra en situación de herencia yacente: existe, pero todavía no tiene titular.
En esta fase, los llamados a heredar tienen solo una expectativa de derecho. No son propietarios ni responden de las deudas hasta que acepten la herencia.
Diferencia Fundamental: Ser Llamado a Heredar vs Aceptar la Herencia
Esta es la confusión más habitual:
- Ser llamado a heredar (instituido en testamento o por ley) solo significa que tienes derecho a decidir.
- Aceptar la herencia es el acto voluntario por el que te conviertes en heredero real y asumes las deudas del fallecido, incluso con tu patrimonio personal.
Importante: Mientras no aceptes, no respondes de ninguna deuda de la causante.
Formas de Aceptación de la Herencia según el Código Civil
La aceptación puede ser expresa o tácita.
Expresa es la que se hace en documento público o privado.
Tácita es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero.
Los actos de mera conservación o administración provisional no implican la aceptación de la herencia, si con ellos no se ha tomado el título o la cualidad de heredero.
La aceptación puede ser de tres tipos:
1. Aceptación Expresa Se realiza de forma clara y solemne, normalmente mediante escritura pública ante notario o en documento privado.
2. Aceptación Tácita de la Herencia Es la más peligrosa porque se produce sin que la persona sea consciente. Ocurre cuando se realizan actos concluyentes que solo corresponden a un heredero, como:
- Vender o alquilar un inmueble de la herencia.
- Cobrar deudas o seguros a nombre del fallecido.
- Pagar deudas hereditarias con dinero propio.
- Tomar posesión de bienes como si fueran propios.
La aceptación tácita es irrevocable y hace que respondas de todas las deudas con tu patrimonio personal (art. 999 Código Civil).
3. Aceptación a Beneficio de Inventario Esta es la forma más segura. Permite aceptar la herencia limitando la responsabilidad solo a los bienes que se heredan, sin comprometer tu patrimonio personal.
Como abogados para aceptación a beneficio de inventario en Murcia, recomendamos siempre esta modalidad cuando hay dudas sobre deudas.
¿Cuándo NO hay Aceptación Tácita?
No suponen aceptación tácita los siguientes actos:
- Actos de mera conservación (pagar IBI, comunidad, seguros…).
- Renovar suministros.
- No reclamar un sobrante judicial (esto puede incluso demostrar la falta de aceptación).
¿Cómo Demostrar que No se Ha Aceptado la Herencia?
La mejor prueba es la conducta coherente durante años: no disponer de bienes, no pagar deudas, no reclamar activos y, preferiblemente, haber manifestado la voluntad de repudiar ante el Juzgado o Notario.
¿Por Qué es Importante Contar con un Abogado Especialista?
En procedimientos judiciales (ejecuciones, embargos, etc.), los acreedores suelen demandar a los “herederos” sin comprobar si realmente aceptaron la herencia.
Un abogado aceptacion herencia en Murcia puede:
- Demostrar la falta de aceptación (ni expresa ni tácita).
- Alegar falta de legitimación pasiva.
- Solicitar el archivo del procedimiento y el levantamiento de embargos.
- Asesorar sobre repudiación o aceptación a beneficio de inventario.
Consejos Prácticos de Abogado Herencias y Sucesiones en Murcia
- No toques ningún bien de la herencia si no quieres aceptarla.
- Formaliza tu repudiación por escrito cuanto antes.
- Si hay deudas importantes, valora la aceptación a beneficio de inventario.
- Ante cualquier reclamación judicial, actúa rápido.
¿Necesitas un Abogado Herencias en Murcia?
En INITIO Abogados somos especialistas en Derecho de Sucesiones en Murcia. Ayudamos a nuestros clientes a evitar responder por deudas hereditarias que no les corresponden mediante repudiación, falta de aceptación o aceptación a beneficio de inventario.
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