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¿Qué es una servidumbre de paso?
En Derecho Civil, la servidumbre de paso es un derecho real que permite al propietario de una finca sin salida acceder a un camino público a través de una finca ajena. Este derecho está regulado en los artículos 564 a 570 del Código Civil español y constituye una de las servidumbres legales más frecuentes en el ámbito rural y urbano.
👉 Según el Artículo 564 del Código Civil:
“El propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización.”
Es decir, cuando una finca está enclavada o carece de acceso, su propietario puede exigir legalmente un paso, compensando a los vecinos por los daños o el valor del terreno afectado.
⚖️ Tipos de servidumbre de paso según el Código Civil
El Código Civil diferencia dos clases principales:
🔸 1. Servidumbre permanente
Se establece una vía fija y continua para acceder al camino público.
La indemnización incluye:
- El valor del terreno ocupado, y
- Los perjuicios causados al predio sirviente.
🔸 2. Servidumbre temporal o limitada
Se limita al paso necesario para el cultivo o la extracción de cosechas, sin vía permanente.
En este caso, la indemnización se reduce al perjuicio causado.
📏 Punto de paso y anchura: artículos 565 y 566 del Código Civil
- Artículo 565: el paso debe darse por el punto menos perjudicial al predio sirviente, y siempre que sea posible, por donde sea más corta la distancia al camino público.
- Artículo 566: la anchura debe ser la necesaria y proporcionada a las necesidades del predio dominante.
👉 No puede exigirse una servidumbre más ancha o en un punto más gravoso de lo imprescindible.
🤝 Casos especiales: venta, permuta o partición (art. 567)
Si una finca queda enclavada tras una venta, permuta o partición, el vendedor o copartícipe tiene la obligación de conceder el paso sin indemnización, salvo pacto en contrario.
Esta disposición evita que alguien venda o divida una finca dejando “atrapada” la otra parte.
🚫 Extinción de la servidumbre (art. 568)
La servidumbre de paso se extingue cuando deja de ser necesaria, por ejemplo:
- Si el propietario une su finca a otra con salida directa, o
- Si se abre un nuevo camino público que da acceso.
En esos casos, el propietario del terreno sirviente puede solicitar la extinción y recuperar la indemnización abonada.
🏗️ Paso temporal para obras (art. 569)
Cuando es imprescindible pasar materiales o instalar andamios por una finca ajena para construir o reparar un edificio, el dueño del terreno debe permitir el paso, pero tiene derecho a una indemnización por los daños que sufra.
🐄 Servidumbres tradicionales: cañadas, veredas y abrevaderos (art. 570)
El Código Civil también regula las servidumbres ganaderas, como cañadas, cordeles, veredas, abrevaderos o majadas.
Se rigen por reglamentos específicos o costumbres locales, con las siguientes anchuras máximas:
- Cañada: 75 metros
- Cordel: 37,5 metros
- Vereda: 20 metros
- Servidumbre forzosa ganadera: 10 metros
Estas vías siguen siendo relevantes en zonas rurales de Murcia, especialmente en disputas sobre vías pecuarias o accesos agrícolas.
🧭 ¿Cómo se establece una servidumbre de paso?
Puede constituirse de tres formas:
- Por acuerdo entre propietarios mediante escritura pública o contrato.
- Por sentencia judicial, cuando no hay acuerdo.
- Por prescripción, si es una servidumbre continua y aparente usada durante 20 años (art. 537 CC).
En la práctica, lo habitual es la constitución notarial o judicial, acompañada de planos, informes técnicos y valoración de la indemnización.
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